En tiempos como los actuales, de crisis y cambios sociales radicales, que limitan la esfera de derechos cívicos, se hace necesaria la movilización de la sociedad en defensa de la libertad y la justicia. Y es que estamos en la culminación de la inercia comenzada hace años de ninguneo de la sociedad, con una actividad legislativa desmesurada; una actuación ejecutiva sin precedentes en la afectación de la órbita más íntima de la libertad de los ciudadanos; y una actuación judicial marcada por la arbitrariedad. En esta tesitura los abogados, yendo contra su propia naturaleza y razón de ser, permanecen en silencio. Y decimos en contra de nuestra razón de ser porque el abogado es, por definición, el "llamado en auxilio", que eso quiere decir en latín advocatus.
Y es que la actividad del letrado no se debe ceñir a defender los intereses de un justiciable en un procedimiento concreto, sino que es más amplia: el abogado cumple su íntegra vocación empeñando sus fuerzas en la defensa de la sociedad frente a los abusos del poder, al que tiende de manera natural si no se le limita. La concepción jurídica de la modernidad quiso evitar los excesos alumbrando la división de poderes. Sin embargo, tal división, por sí, no ha alcanzado el objeto deseado, y ello por cuanto para frenar los abusos del poder no basta con dividirlo, sino que hay que fiscalizarlo y oponerle, como contrapeso, una sociedad fuerte y vigorosa, dispuesta a empeñar todos sus esfuerzos en defensa de la libertad y la justicia.
En España la experiencia de estos últimos años nos enseña, además, que hemos sido incapaces de limitar al poder. Y es que el partido que logra la mayoría de diputados en unas elecciones generales tiene garantizada la mayoría legislativa, que es a su vez la que elige al poder ejecutivo (que es siempre del mismo color que el legislativo). Y a la vez ambos (que son del mismo color) eligen al órgano de Gobierno del Poder Judicial (el Consejo General del Poder Judicial), que acaba siendo del mismo color que los otros dos poderes. De esta forma, frente a aquella maquinaria demoledora de poder queda el ciudadano solo y desprotegido. Es en este momento, por tanto, cuando se hace más necesario un contrapeso social y cívico, y éste no puede ser otro que las asociaciones civiles (sin compromisos con el poder, es decir, libres de subvenciones y ayudas comprometedoras) y, entre ellas, las corporaciones profesionales. Y entre éstas no existe ninguna con la transcendencia de los Colegios de Abogados. Son éstos, muy principalmente, los que deben amortiguar la presión del poder frente al ciudadano.
Por eso, los Colegios de Abogados, que actúan por sus miembros, los letrados colegiados, deben cumplir muy principalmente su función social, y para ello deben garantizar la independencia de los abogados. Nuestra función social es denunciar y corregir los excesos legislativos; es detener la intromisión del poder ejecutivo en los ámbitos propios de la esfera personal de los individuos, de las familias y de la sociedad civil en todas sus formas; y es controlar el ejercicio del poder judicial para evitar la arbitrariedad y el seguidismo con instrumentos jurídicos de la política partidista. Para ello tenemos que favorecer la dignificación profesional de los abogados, pues si la sociedad quiere ser libre necesitamos abogados libres.
Queremos construir Colegios que sean auténticas corporaciones sociales al servicio del ciudadano. Y para poder defender al ciudadano tenemos que garantizar la libertad del letrado. Para ello proponemos acciones concretas:
1) En cuanto a la independencia económica del letrado: a) renegociar el pago del turno de oficio con las Administraciones. Mientras no se actualicen los honorarios y no se garantice el pago puntual, los Colegios deben sostener la suspensión del turno de oficio salvo casos de urgencia (detenidos, solicitud de medidas cautelares, etc.) Y en estos supuestos los Colegios deben garantizar el pago a los abogados intervinientes creando una "caja de resistencia"; b) Creando servicios de recobros de minutas impagadas: los letrados deben centrarse en la defensa de la sociedad y los ciudadanos; c) contemplando la suspensión de cuotas colegiales en situaciones extremas (incapacidad, aumento de cargas familiares, etc.).
2) En cuanto a la independencia del Colegio: a) debe suprimirse todo acuerdo con las administraciones (incluidas ayudas y subvenciones) que ponga en peligro la independencia de criterio y acción de los Colegios o los letrados; b) debe crearse un patrimonio Colegial que nos permita hacer frente a las coacciones económicas del poder; c) los colegios deben ser corporaciones de ayuda mutua: exigiremos el deber moral de los abogados prestigiosos y asentados de ayudar a los abogados que empiezan; d) dictar un reglamento electoral que regule los procesos electorales colegiales, evite fraudes en el voto por correo e implante definitivamente el voto digital; c) limitando la posibilidad de ocupar el Decanato, como máximo, a dos juntas de gobierno.
3) En cuanto a la dignificación profesional: a) los Colegios deben exigir la grabación en video de los interrogatorios policiales; así como de las exploraciones forenses y de los equipos psicosociales, debiendo entregarse a los letrados todos los documentos (test, pruebas clínicas) en los que los peritos funden sus conclusiones; b) el acceso al turno de oficio deberá realizarse por examen libre de tasas, y no tras el pago de cursos que no garantizan al ciudadano la formación correcta de su abogado; del mismo modo los abogados deben tener acceso gratuito, vía on-line, a cursos de formación continua; c) debemos presionar por que se apruebe una ley de relaciones entre el abogado y su cliente (para garantizar la confidencialidad), así como del abogado frente a la administración (no es posible, por ejemplo, que el Fiscal, que por ley es una parte más del procedimiento, tenga un trato privilegiado sobre el letrado); d) debemos dignificar, recordándola, nuestra historia (pocos saben que algunos de nuestros colegios, como el de Zaragoza, tienen más de 600 años de historia; o que fue un miembro del Colegio de Abogados de Madrid, nuestro colega Juan Pérez Villamil, quien en 1808 redactó el Bando de los alcaldes de Móstoles, que inició la Guerra de Independencia y el esfuerzo de la sociedad española de entonces por convertirse en el artífice de la recuperación de su libertad civil ante un poder político corrupto y acomodado); f) debe hacerse cumplir estrictamente el régimen disciplinario de los abogados para que el ciudadano sepa que toda desmán cometido por un letrado tiene su justa sanción: los colegios deben ser espacios de ayuda mutua y no antros de pandillaje.
4) En cuanto a la lucha por la eficacia y honestidad judicial: a) Los Colegios deben solicitar la revisión, para hacerlo más estricto, del régimen de incompatibilidades de jueces y fiscales, pues no es posible que los Juzgados estén atascados mientras muchos miembros de la judicatura y la fiscalía se prodigan en curso y conferencias remuneradas; b) los Colegios deben denunciar públicamente y ante los organismos competentes las ineficacias de la burocracia judicial, y no, como hasta ahora, dar por sentado que es un mal necesario; c) los abogados son los primeros interesados en que los jueces sean justos; por eso, los Colegios deben personarse en las causas criminales y civiles seguidas contra jueces por delitos o acciones ilícitas realizadas en el ejercicio de sus funciones; d) el Colegio debe abogar por el establecimiento de“controles de calidad” en la actuación judicial: si un letrado lo hace mal, el mercado lo acaba expulsando, sin embargo si un magistrado lo hace mal, sus Sentencias acaban siendo sistemáticamente revocadas, pero sigue conservando el cargo; e) los Colegios deben luchar por la instauración en todas las jurisdicciones de los expedientes digitales, facilitando la celeridad y la reducción de costes; f) los Colegios deben conseguir que por ley el abogado tenga una participación activa en los interrogatorios policiales, así como por la supresión de los juicios rápidos en materia de violencia, por cuanto por su configuración impide el ejercicio del derecho de defensa.
5) En cuanto al control del poder legislativo y el ejecutivo: a) el Colegio debe informar obligatoriamente de cualquier iniciativa de ambos poderes que afecte al ámbito de las libertades y la justicia. En concreto debe velar porque ninguno de ambos poderes se inmiscuya en ámbitos que corresponden a la órbita personal de derechos y libertades de los ciudadanos; b) el Colegio deberá oponerse a cualquier proyecto que pretenda la "ingeniería social", es decir, cualquier proyecto del poder que quiera crear una sociedad a su imagen y semejanza: es la sociedad la que debe configurar al poder, no el poder el que debe configurar la sociedad; c) los Colegios deben denunciar los proyectos legislativos que tiendan a favorecer injustamente a un parte de la sociedad (leyes mercantiles que favorecen a las grandes empresas frente a las pequeñas y medianas; leyes o amnistías que afectan a bancos y no a los obligados hipotecados; leyes de cuota y paridad que atentan al principio de mérito e igualdad; leyes y actos que favorecen a unas regiones frente otras. A este último respecto los Colegios de Abogados deben ser defensores de la variedad y pluralidad histórica de cada región, pero enmarcada siempre en el principio de la unidad jurídica de España.
En resumen, debemos mostrarnos fuertes con los fuertes y débiles con los débiles para demostrar que otra sociedad es posible. Y es que una sociedad rectamente configurada necesita de corporaciones libres y sin ataduras, y por eso queremos que LOS COLEGIOS DE ABOGADOS ESTÉN AL SERVICIO DEL COLEGIADO PORQUE PREVIAMENTE ESTÉN AL SERVICIO DE LA SOCIEDAD. La sociedad no puede caer en la inercia de creer que una vez conseguida la libertad ésta se mantendrá sin que haya manos que la defiendan y apuntalen. Por eso pedimos más sociedad y menos política.