Recapitulemos. El mundo batasuno había planteado tres rutas de acceso a las elecciones: las agrupaciones electorales denominadas Abertzale Sozialistak, ocho listas independientes y el partido Acción Nacionalista Vasca (ANV). Las primeras eran, visiblemente, un “cebo” para que la Justicia las anulara por ser prolongación de la ilegalizada Batasuna. Las segundas eran relativamente poco relevantes. En la tercera ruta, la de ANV, se jugaba lo esencial. Es aquí donde hemos asistido a un penoso espectáculo, en el que el Gobierno y sus apoyos judiciales han tratado de sortear las evidentes conexiones con Batasuna-ETA de esta formación.
El Gobierno –la Fiscalía General y la Abogacía del Estado- impugnó un número limitado de candidaturas de ANV, dejando libres otras muchas que, casualmente, vienen a corresponder a los municipios donde mejores resultados obtiene el mundo batasuno. Ahora el Tribunal Supremo ha anulado las 133 candidaturas de ANV impugnadas por el Gobierno, pero no ha podido actuar contra las otras 122 candidaturas de esa formación. Quedan también anuladas, como era de esperar, la mayoría de las candidaturas presentadas por AS. Se ha actuado contra lo que el Gobierno ha querido; lo que el Gobierno ha protegido, ha quedado indemne.
Las claves
Las candidaturas de ANV podían impugnarse por dos vías. Una, por la Ley de Partidos, entendiendo que ANV es sucesora de Batasuna; en ese caso, las candidaturas de ANV sería impugnadas dentro del proceso de ejecución de la sentencia que declara ilegal a HB-EH-Batasuna. Esta era la posición del Partido Popular y, en general, la de todos los que se oponen al “proceso” de Zapatero con ETA. La otra vía era entender que ANV no es sucesora de Batasuna ni hay vínculos orgánicos entre ellas –lo que dijo Garzón-, sino que hay candidatos de ANV que sí forman parte de Batasuna; en este caso, las candidaturas se impugnarían por la Ley Electoral.
Si la impugnación se hubiera hecho por la Ley Electoral, el plazo habría terminado el viernes. Eso era lo que quería la Fiscalía General del Estado, dependiente del Gobierno. Pero el Partido Popular informó al Supremo de que tal cosa significaría entrar en una situación alegal: no es posible, con arreglo a la ley, impugnar como sucesoras de un partido ilegal las candidaturas de un partido que sí es legal. Dicho de otra manera: un partido no puede ser legal a trozos, e ilegal a otros.
¿Era consciente la Fiscalía General del Estado de que, cuando recomendó hacer la impugnación por la vía de la Ley Electoral, estaba empujando al Supremo a dictar sentencia en un ámbito de vacío legal? En otros términos: ¿Buscaba deliberadamente la Fiscalía una situación en la que las listas de ANV tuvieran que ser forzosamente aceptadas? Esto sólo es una sospecha. El hecho es que el Supremo terminó enjuiciando el asunto a través de la Ley de Partidos, y por eso la discusión se dilató hasta la larguísima noche del sábado al domingo.
Una vez en ese trance, las posiciones de la Sala del 61 del Supremo se dividían en dos. Para unos, la aplicación de la Ley de Partidos ofrecía la posibilidad de ilegalizar completamente ANV: si las listas de ese partido, legal, están repletas de miembros de Batasuna, partido ilegal, hay razones de sobra para declarar que ANV es ilegal, porque no es concebible que un partido sea ilegal sólo en ciertos lugares, y no en otros. La segunda postura, sin discutir esta evidencia lógica, se atenía a la inviabilidad formal de aplicar las conclusiones adecuadas: la Ley de Partidos no contempla que un tribunal, de oficio, pueda declarar fuera de la ley a un partido si no se le ha instado a ello desde las partes legitimadas para hacerlo, que son la Fiscalía y el Gobierno. Y ni el Gobierno ni la Fiscalía –dependiente del Gobierno- había instado a la ilegalización de ANV, más bien al revés. Y si ANV es legal, entonces sólo es posible actuar contra las candidaturas que han sido impugnadas por el Ministerio Público.
Las consecuencias
Resultado: cerca de siete horas de debate, hasta las siete de la mañana, donde finalmente se ha impuesto la tesis proclive al Gobierno. Quedan anuladas las 133 candidaturas de ANV impugnadas por la Fiscalía General y por la Abogacía del Estado. Esa es la noticia que han dado en titular los medios de comunicación. Pero el titular debería ser este: las otras 123 candidaturas de ANV no impugnadas sí estarán en las elecciones.
¿Qué habría pasado si el Supremo hubiera decidido declarar ilegal a ANV? Con toda seguridad, que la sentencia habría sido recurrida, pues, como dice la propia Sala del Supremo, esa decisión corresponde “en exclusiva” al Ministerio Público. Al mismo tiempo, Batasuna habría aprovechado para forzar las cosas, ETA haría algo más que amenazar y el “proceso” de Zapatero quedaría roto.
¿Qué ha pasado ahora, con esta impugnación parcial? Que Batasuna-ETA estará en los ayuntamientos vascos, tendrá acceso a fondos públicos y el “proceso” de Zapatero seguirá adelante. No por eso Batasuna ha dejado de protestar: instalada en el permanente victimismo, considera que anular la mitad de sus candidaturas es un acto represivo. ¿Se salva, al menos, el prestigio de los tribunales? No: la opinión pública española, ajena a los vericuetos jurídicos, queda con la impresión de que la Justicia ha doblado la rodilla.
En este último aspecto, debe ser subrayado el reproche que el Tribunal Supremo dirige al Ejecutivo: el Gobierno ha elegido el peor camino, procesalmente hablando, para actuar contra las listas de ANV. Blanco y en botella…