Veintinueve años sin derechos fundamentales

Los militares eligen la Pascua (militar) para pedir cuentas al Rey

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La historia comienza en 1978, cuando las primeras Cortes democráticas, al mismo tiempo que redactaban la Constitución, estudiaban un proyecto de Ley de Reales Ordenanzas para los militares españoles. El resultado fue que a los militares se les imponía una restricción de sus derechos de reunión, asociación y libertad de expresión, al mismo tiempo (y hay que insistir en la simultaneidad) que la Constitución reconocía esos derechos a todos los ciudadanos.

A los miembros de las Fuerzas Armadas se les fabricaba un estatuto que, en muchos aspectos, era inconstitucional. ¿Qué aspectos? Prohibición de participar en manifestaciones de tipo político, sindical o reivindicativo, prohibición del derecho de asociación “con finalidad reivindicativa”, censura previa a la libertad de expresión… El 28 de diciembre de 1978 se promulgaba esa Ley (no orgánica, pese a regular derechos y libertades) de las ordenanzas militares; un día antes, el Rey había sancionado la Constitución. Desde el punto de vista de los derechos y libertades fundamentales, los militares se convertían en ciudadanos de segunda, marginados de los beneficios públicos de la Constitución.

Aquella ley de 1978 daba un plazo de tres meses para “dictar las normas de desarrollo” consiguientes. Nunca se hizo. El programa del PSOE antes de 1982 incluía el reconocimiento del derecho de asociación de los militares, pero los gobiernos de Felipe González nunca lo hicieron. Después, en el primer gobierno de Aznar, hubo una enmienda –del canario Mardones- a la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas para reconocer el derecho de asociación de los militares. Esa enmienda quedó anulada porque los nacionalistas catalanes –eran los tiempos del Gobierno en minoría- condicionaron su apoyo a que se reconociera el derecho a mantener relaciones homosexuales y heterosexuales en el interior de los inmuebles militares, así como que las parejas de hecho pudieran comprar casa militar.

Después ha habido distintas iniciativas legales en materia de Defensa, en cuya estela se ha intentado adecuar el estatuto militar a los derechos constitucionales: en 1999, 2002, 2005… Ninguno ha prosperado. El último fue en septiembre de 2007 y daba un plazo de un mes al Ejecutivo para presentar una Ley Orgánica de derechos fundamentales y libertades públicas de los miembros de las Fuerzas Armadas. Nunca hubo tal.

Tienen derecho

A todo esto, mientras tanto el Tribunal Constitucional reconocía en 2001 el derecho de los militares a asociarse: fue precisamente en el calvario legal que sufrió la Asociación de Militares Españoles (AME), la misma que ahora, en vísperas de la Pascua militar, pone en boca del Rey la exigencia de que se confirmen de una vez esos derechos que llevan veintinueve años (se dice pronto) pendientes de una ley que nunca llega.

Un acontecimiento importante en este proceso fue el protagonizado hace pocas fechas por los guardias civiles, que después de varias iniciativas corporativas, incluida una manifestación de guardias uniformados, vieron reconocidos en dos leyes orgánicas sus derechos fundamentales. ¿Es imaginable una protesta semejante de militares, en uniforme, pidiendo sus derechos? No. Y de eso la culpa sólo se les puede echar a los propios militares.

¿Por qué la AME intensifica ahora su campaña en defensa de los derechos fundamentales de los militares? La cuestión del asociacionismo profesional entre los militares es largamente polémica en España. En principio, existe un consenso de hecho entre los principales partidos a la hora de restringir a los militares del derecho de asociación; entre los militares, por su parte, las opiniones parecen divididas, aunque es cierto que todos ven con desagrado este retraso de veintinueve años, nada menos, en regular la cuestión. Aún así, seguramente este asunto no habría suscitado nuevas complicaciones de no ser por la política de Defensa de los últimos años, afectada por un sello excesivamente partidista.

A los militares se les puede negar un derecho de tipo profesional si, al mismo tiempo, se garantiza que su vida profesional se regirá por criterios de estricta neutralidad política. Como la religión del militar es la disciplina y el sentido del deber, nadie verá manifestaciones de soldados furibundos en las calles. Pero si la política de Defensa se convierte en terreno de sectarismos de partido, con la consiguiente lesión a los militares profesionales, entonces nadie puede legítimamente oponerse a que las gentes de uniforme reclamen los mismos derechos que el resto de los ciudadanos. Y lo harán en legítima defensa.
 
En todo caso, lo cierto es que hay una previsión legal que lleva veintinueve años sin ser desarrollada, y una sentencia del Tribunal Constitucional que avala el derecho de asociación de los militares. La AME tiene razón al denunciar que a los miembros de las FAS se los trata como a ciudadanos de segunda.

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