22 de diciembre de 2024

Director: Javier Ruiz Portella

Sociatas y separatas se inventan lo del ‘lawfare’ como ardid para sojuzgar

Al enemigo, la ley. Es una frase que hemos escuchado muchas veces los juristas españoles y supongo que también los de otros países europeos.

Actualmente, el predominio de la terminología anglosajona hace que las expresiones típicas de cada país sean sustituidas por su homónimo en inglés. Para algunos activistas políticos “lawfare” equivale a utilizar el sistema jurídico (y judicial) en contra de sus intereses.

En España, quien lo ha puesto de moda ha sido el partido JuntsxCat dirigido por un prófugo de la justicia llamado Carles Puigdemont, que habita en Waterloo. Este partido ha llegado a un acuerdo con el que gobierna en España, el PSOE, en el que se prevé una ley de amnistía que sirva para hacer ineficaces las condenas dictadas por los tribunales de justicia españoles respecto de los delitos de sedición y malversación de caudales públicos cometidos en octubre de 2017, y al mismo tiempo establezca comisiones en el parlamento español que permitan fiscalizar las resoluciones de los tribunales que vayan contra sus intereses políticos.

Este acuerdo entre JuntsxCat y el PSOE supone una doble vulneración del Estado de derecho y de la separación de poderes, por dos motivos: 1) Invalida sentencias dictadas por el Tribunal Supremo y otros órganos judiciales por medio de una ley no prevista en la Constitución; 2) Implica una injerencia del poder legislativo sobre el judicial por medio de las citadas comisiones de control parlamentario.

 

Sin embargo, la quiebra del sistema constitucional español es algo que viene acaeciendo desde hace varias décadas, por varias vías:

1. Mediante la imposición, por medio del sistema educativo, los medios de comunicación, las universidades, el cine, la publicidad, la TV, etc. de un sistema moral ideológico único y universal al margen de los principios constitucionales. Este sistema moral e ideológico influye en los tres poderes del Estado: el ejecutivo, el legislativo y el judicial. En el ejecutivo porque impregna la acción de gobierno, en el legislativo porque determina el contenido de las leyes y en el judicial porque se utiliza como elemento interpretativo de las normas aplicables (el llamado elemento sociológico de la interpretación). Este criterio interpretativo, en el derecho español, no es el primero que el aplicador de la ley debe utilizar, sino el literal, el que se deriva del sentido propio de las palabras de que se compone la norma interpretable, ya sea la Constitución o cualquier otra.

Este elemento sociológico fue introducido por el Tribunal Supremo canadiense mediante la doctrina llamada del “árbol vivo”, según la cual el texto de la Constitución no es un texto que deba interpretarse según el sentido literal, sino de acuerdo con la moral social imperante en cada momento. Esta doctrina permite hacer decir a la Constitución lo que realmente no dice y de facto es una manera de evitar aplicar la Constitución cuando convenga.

2. Por medio de normas emanadas por órganos e instituciones internacionales, como la UE, la ONU, la OMS y la UNESCO, entre otros.

Es más fácil imponer la ideología de manera general por medio de organizaciones internacionales que país a país. Por ello, la UE se ha convertido en una herramienta muy útil para subvertir el Estado de derecho de cada una de las naciones, haciendo prevalecer sus normas incluso por encima de la Constitución (de cada nación).

Muchos ciudadanos europeos desconocen que la incorporación de sus países a la UE significa que las normas europeas puedan aplicarse en sus territorios, incluso vulnerando la Constitución. Muchos ciudadanos siguen creyendo que la Constitución continúa siendo la “norma fundante” –según Kelsen— en sus sistemas jurídicos, cuando en realidad ya no lo es. No es una cuestión únicamente de cesión de soberanía nacional (política), sino de sustitución del sistema de fuentes del derecho de cada país. Cuando hay tratados internacionales no siempre lo que resulta de su aplicación corresponde con lo dispuesto en la Constitución.

En mi opinión, la única moral admisible en cada país debería ser la que se deriva de su propia Constitución, la imposición de cualquier otra es una subversión del Estado de derecho o un intento de imponer un sistema político universal. Las constituciones nacionales están compuestas de normas, principios y valores de índole jurídico, político y moral. La única moral realmente votada y aceptada por los ciudadanos de cada una de las naciones debería ser la que se encuentra contenida en la Constitución. Los psicólogos sociales y los sociólogos sostienen que existen tres niveles de moral: el individual, el comunitario y el universal.

El individual corresponde con el sistema de valores y principios que la persona posee de acuerdo con su propia moral, que determina lo que es bueno, malo, correcto, incorrecto, justo o injusto, para esa persona. Así pues, cada persona tiene la suya propia, que se conforma a partir de su ADN, educación, relaciones familiares, de amistad y laborales y la narrativa vital construida sobre estas bases, según Haidt.

La comunitaria puede estar referida a diversos grupos humanos: una familia, una congregación religiosa, un partido político, una ciudad o una comarca o una nación. Sobre esta cuestión ha escrito abundantemente el filósofo y sociólogo escocés Alasdair Macintyre. Éste es el concepto de moral que se suele utilizar respecto al derecho y en relación con él.

Y la universal que parte de los principios kantianos del universalismo filosófico, actualmente puestos de moda por algunos pensadores como el alemán Markus Gabriel.

Por tanto, la moral constitucional debería corresponder con la comunitaria de cada nación. Los intentos de imponer una moral supuestamente universal o individual o colectiva de un determinado partido, ideología o religión, en mi opinión, también suponen vulneraciones del sistema jurídico constitucional. A lo que estamos asistiendo en las últimas décadas es a un intento de imposición de una moral universal, artificial, a cada una de las naciones, por medio de la corrección política.

Nación, soberanía nacional y Estado de derecho son partes de un sintagma indisoluble. Cuando se ataca al Estado de derecho por medio de una moral universal lo que se ataca es la soberanía nacional y la propia nación. Pues, así como la nación es el único ecosistema posible para la salvaguarda de la soberanía democrática, la nación se debilita cuando se ataca a su Estado de derecho. Según Haidt, el capital social de las naciones se compone de una serie de fundamentos o instituciones entre las que se encuentran: la bandera y los restantes símbolos nacionales, el ejército, las costumbres y tradiciones, la religión nacional o predominante y, por supuesto, el derecho nacional. Atacar el capital social es atacar a la propia nación. Por eso subvertir el Estado de derecho es la mejor manera de debilitar el capital social nacional y progresivamente imponer un mundo multicultural sin fronteras. Porque, tal y como se concibe el derecho, en los países europeos es por referencia a un territorio y unas fronteras nacionales. Al debilitar el derecho, de alguna manera, se atacan las fronteras y el territorio nacional y con ello se ataca la identidad nacional.

Por ello, no sorprende que en España que sean los partidos independentistas los que invocan el lawfare para evitar la aplicación del sistema jurídico. De esta manera, tratan de conseguir dos objetivos: por una parte, evitar que el derecho nacional (la Constitución) impida la consecución de sus objetivos políticos (la independencia); por otra, debilitar la nación común despojándola de una parte de su capital social.

Durante los últimos años, uno de mis objetivos personales ha sido tratar de que los juristas españoles entiendan la gravedad de los ataques que se están produciendo contra nuestro orden jurídico constitucional. En España, durante el periodo que transcurrió entre el fin de la dictadura del general Franco y la llegada del Estado de derecho con la aprobación de la Constitución de 1978 no solo los políticos fueron los artífices del cambio, también los juristas, en especial los colegios de abogados cumplieron una función social insustituible abriendo debates que en otros lugares no habrían podido tener lugar. Hoy en día se echa en falta esa colaboración proactiva de las organizaciones jurídicas españolas para evitar el deterioro progresivo de nuestro Estado de derecho. Hace unos meses hubo un amago de manifestación común de los profesionales del derecho españoles contra el acuerdo inconstitucional al que llegaron el PSOE y JuntsxCat, y al que antes me he referido. Sin embargo, parece que han vuelto a su letargo.

Una de las pocas maneras que queda a las naciones para salvaguardar su soberanía es mediante la defensa de sus sistemas legales constitucionales. Los profesionales del derecho y el resto de los ciudadanos deberían ser conscientes de la importancia de este asunto. Si no lo hacen pronto acaso pueda ser demasiado tarde, porque si perece la nación perecerá el derecho y si perece el derecho también perecerán las naciones.


Juanma Badenas
es Catedrático de Derecho Civil, ensayista y miembro de la Real Academia de Ciencias de Ultramar de Bélgica. Actualmente es Teniente de Alcalde

del Ayuntamiento de Valencia por VOX.

Nota: el texto de este artículo corresponde a la traducción al español de la conferencia impartida por el autor en inglés en el Seminario “The Rule of Law as Lawfare: A Critical Assessment”, celebrado en Bruselas el 22 de enero de 2024.

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